Lo podemos ver resumido en este interesante artículo publicado en la Fundación Ecuador Libre que reproducimos a continuación.
Resumen
El sistema educativo en Chile se rige por varias normas, aquí se hará referencia a la Ley General de Educación y Ley de Subvenciones que son las que marcan el esquema general del sistema.
Análisis
I. Eligen los padres
La Constitución chilena dispone la obligación del Estado de financiar la educación hasta el nivel secundario. En este sentido es similar a lo que sucede en Ecuador (con la diferencia de que en Ecuador la gratuidad se extiende hasta la educación superior). Existe, sin embargo, una diferencia: en Chile la Constitución hace énfasis especial en el derecho y deber que tienen los padres de educar a sus hijos[1].
Para poder garantizar la gratuidad y universalidad de la educación, y a la vez no interferir en el derecho de los padres de elegir donde estudian sus hijos, el sistema chileno diferencia los dos roles que el Estado desempeña en la educación. Así, en Chile se distingue por un lado el papel que tiene el Estado como financista de la educación, y se lo separa del rol que tiene como orientador de la misma. En otras palabras, se reconoce que el hecho de que sea el Estado quien deba pagar la educación no quiere decir que deba ser él mismo el único que la preste de manera gratuita.
Siguiendo esta línea, el sistema chileno reconoce que son los propios alumnos, mediante sus padres o representantes, quienes deberían poder elegir dónde estudiar. Para hacer efectivo esto, se establece una subvención a la educación que se otorga por cada estudiante individual[2].
II. Subvenciones
El sistema de subvenciones consiste en que cada estudiante chileno es acreedor a un valor determinado por la Ley. Dicho valor es el equivalente al costo que tiene el brindar el servicio educativo para un estudiante en la educación pública, y aumenta anualmente en el mismo porcentaje en que aumenten los salarios del sector público. De esta manera, los padres son libres de escoger mandar a su hijo o representado a cualquier escuela municipal o a establecimientos privados que hayan solicitado acogerse al programa de subvenciones. Adicionalmente, pueden existir instituciones privadas que decidan no participar en este programa.
Este sistema fomenta la competencia entre establecimientos públicos y entre los públicos y privados, ya que su financiamiento no está asegurado sino que dependerá de su capacidad para captar estudiantes y retenerlos. Así, se fuerza a escuelas y colegios a brindar un mejor servicio y más enfocado a las necesidades de sus estudiantes. Adicionalmente, las escuelas públicas son administradas a nivel municipal lo cual pareciera asegurar que los currículos serán más apegados a las necesidades locales.
Aquellos establecimientos que participen en el programa tienen también la opción de cobrar, adicionalmente, tasas educativas hasta un máxima de 4 veces el valor de una subvención (USE). En estos casos, del valor total que reciban por subvenciones se disminuirá entre un 20% a 40% del total de valores que hayan recibido de los padres o representantes. Esto permite que haya mayor diversidad en los programas ofrecidos por escuelas y colegios, y a un costo bajo para los estudiantes.
Por último, los valores a recibirse por subvenciones varían según algunos factores: la subvención a estudiantes considerados de escasos recursos es mayor a la normal, e igual sucede con los estudiantes en zonas rurales. Así también, los valores que se reciben por subvenciones dependen del promedio de asistencia de los estudiantes. Así, se incentiva que la calidad del servicio sea tal que los alumnos acudan regularmente a recibirlo.
III. Requisitos y calidad
Debe señalarse que los establecimientos deben reunir requisitos mínimos que se determinan en la Ley para contar con reconocimiento oficial y poder, por tanto, acogerse al programa de subvenciones. Estos funcionan como un conjunto de objetivos generales que son luego recogidos en los contenidos curriculares elaborados por el Ministerio de Educación y el Consejo Nacional de Educación. Sin embargo, el sistema propende a que estos objetivos sean lo suficientemente generales como para que cada establecimiento tenga suficiente autonomía para elegir su metodología y currículo propio[3].
El control de calidad se efectúa conforme a los objetivos generales mencionados. El no cumplir con estos requisitos, sin embargo, no da lugar a sanción de manera inmediata sino que dicha información simplemente es publicada. De esta manera, el establecimiento educativo ineficiente únicamente es “castigado” en la medida en que los padres retiren a sus hijos del centro y consecuentemente, sus recursos se vean disminuidos. Esto garantiza el derecho a la libertad de enseñanza, por un lado, y el de los chilenos de escoger dónde educar a sus hijos, por otro.
IV. Resultados
Aplicando esta normativa, Chile ha alcanzado niveles altos en rankings internacionales, posicionándose como el mejor país latinoamericano en educación en el ranking PISA 2006, elaborado por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Asimismo, 82,5% de su población en edad escolar se encuentra dentro del sistema educativo[4].
Vale la pena señalar que, posiblemente debido a la competencia que el sistema genera y al fomento que da a la inciativa privada, los costos de la educación en Chile son tales que han permitido que se alcancen estos resultados con un gasto público de solo el 3,4% del PIB en educación.[5] En Ecuador en el 2009 se uso el 4% para lograr obtener los actuales niveles de educación, en los que el 49% de los estudiantes hayan obtenido calificación de “insuficiente” en Matemáticas en las pruebas SER 2008[6].
V. Ecuador
En Ecuador el sistema educativo no ha logrado los resultados deseados. Por tal motivo, al estudiar reformas para cambiar esta situación, valdría la pena considerar el caso chileno y otras propuestas similares que permitan que sean los propios usuarios del sistema quienes tengan el rol principal en decidir qué estudiar y cómo enseñarlo.
De la manera en que ha sido expuesta, la normativa chilena sobre educación pareciera ser una opción para Ecuador y podría responder a las necesidades específicas de la población. Esto por cuanto permitiría que los recursos públicos para educación se asignen de la manera que los propios ecuatorianos elijan, lo que obligaría a las escuelas y colegios públicos a trabajar de manera más acorde con las exigencias de las poblaciones que atienden[7].
[1] Constitución Política de la República de Chile, art. 19, #10.
[2] Este tipo de sistema suele llamarse “cheque escolar”, y se aplica también con algunas variantes en Suecia, Irlanda, los Países Bajos, Hong Kong y algunos estados de EEUU.
[3] Por ejemplo, en cuanto a matemáticas en la educación secundaria, la Ley determina como objetivo únicamente “comprender y aplicar conceptos, procedimientos y formas de razonamiento matemático para resolver problemas numéricos, geométricos, algebraicos y estadísticos, y para modelar situaciones y fenómenos reales, formular inferencias y tomar decisiones fundadas.”
[4] Índice de Desarrollo Humano 2010, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.
[7] Por poner un ejemplo, el permitir que cada alumno cuente con su propia subvención para estudiar donde desee permitiría a los interesados la fácil formación de escuelas bilingües indígenas, sin que sea ya necesario que el Estado aporte para ellos fondos que dejen de ir a escuelas tradicionales
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